Legislación española para extranjeros
¿Qué es es delito y qué no lo es?
Cuando estás en un país que no es el tuyo es importante conocer qué conductas son delictivas y cuáles no: una conducta que en tu país no es delito, en España puede serlo y a la inversa.
Cometer un delito en España creyendo que no lo es porque en tu país de origen no está tipificado como delito suele ser una atenuante, pero puede suponer un problema grave ya que el Código Penal español es uno de los más punitivos y duros de Europa.
Por ello y con el objetivo de facilitar información a personas extranjeras que visitan España o se instalan en el país, en la siguiente guía se exponen algunas de las conductas que pueden ser no delictivas en otros países occidentales y que, sin embargo, sí lo son en España.
i. Delitos relacionados con la conducción de vehículos
¿Puedo cometer un delito por exceso de velocidad?
En España, un vehículo a motor o ciclomotor debe respetar la velocidad reglamentaria. Si excedes la velocidad en 60 km/h por encima de la marcada en una vía urbana (ciudad) u 80 km/h por encima de la marcada en una vía interurbana (fuera de la ciudad, en autopista, autovía o carretera comarcal) estarás cometiendo un delito, que puede ser castigado incluso con pena de prisión.
Ejemplo: en las autopistas españolas el límite de velocidad es de 120 km/h; si se conduce a 210km/h, se comete un delito.
¿Es delito conducir sin permiso de conducir español? ¿Qué documentación tengo que llevar encima para no cometer un delito?
Conducir en España un vehículo a motor (cualquiera) o ciclomotor sin haber obtenido nunca el permiso de conducir (español o extranjero) es un delito que puede ser castigado incluso con pena de prisión. Importante: si no tienes el permiso de conducir español o internacional, es imprescindible que lleves encima el permiso de conducir de tu país. Si la policía te pide el permiso y no lo llevas encima, se te puede imputar un delito por conducir sin permiso y tendrás que ir a juicio, y demostrar que sí lo obtuviste en tu país.
¿Puedo conducir si he perdido todos los puntos de mi permiso de conducir?
El permiso de conducir español funciona por puntos. Si has perdido todos los puntos y conduces, estás cometiendo un delito. También estarás cometiendo un delito si conduces pese a que un juez ordenó retirarte el permiso de conducir durante un tiempo que todavía no ha vencido.
Conducir previa ingesta de alcohol ¿es siempre delito?
Sólo si se conduce un vehículo a motor o ciclomotor y la tasa de alcohol supera los 0,60 miligramos por litro en aire espirado. En ese caso, se comete un delito que puede ser castigado incluso con prisión. Si la tasa es inferior, se comete una infracción administrativa castigada con una multa, salvo que la policía considere que tus capacidades para conducir estaban afectadas. En caso de que la policía considere que las capacidades para conducir están afectadas, aunque la tasa sea inferior, se comete un delito.
Si el conductor de un vehículo da positivo en sustancias estupefacientes, ¿es siempre delito?
Si conduces un vehículo a motor o ciclomotor y das positivo en una sustancia estupefaciente (cualquiera que sea), la policía te informará de que se te imputa un delito contra la seguridad vial, castigado incluso con prisión, y que deberás ir a juicio. Con un resultado positivo en el control policial, es suficiente para imputar un delito y llevar a un ciudadano a juicio.
¿Me puedo negar a someterme a las pruebas de alcohol o drogas?
Si eres el conductor de un vehículo y te niegas de modo expreso o tácito, y no cooperas para realizar las pruebas de alcohol o drogas, cometes un delito que puede ser castigado con una pena de prisión de 6 meses a 1 año.
¿Qué ocurre si añado o modifico elementos a la placa de matrícula del vehículo?
Puedes cometer un delito de falsedad en documento oficial, castigado con una pena de 6 meses a 3 años de prisión. No sólo comete delito de falsedad aquel que cambia las placas de matrículas de vehículos, sino la modificación, incluso burda (por ejemplo, con cinta aislante), de algún elemento de la matrícula, como, por ejemplo, convertir una letra j en u.
ii-Conducta de posesión de sustancias estupefacientes.
¿La posesión de sustancias es siempre delictiva?
La posesión no es delito si es para consumo propio. Sin embargo, cuando se superan las siguientes cantidades, se presume que no es para consumir y el hecho sí es delictivo:
- marihuana: 100 gramos.
- hachís: 25 gramos.
- cocaína: 7,5 gramos.
- heroína: 3 gramos.
- metadona: 1,2 gramos.
- mdm, mdma, mdea: 1440 miligramos.
- anfetamina: 900 miligramos.
- lsd: 3 miligramos.
iii-conductas relativas a la violencia de género
Cualquier acción intimidatoria o denigrante para la mujer, ¿es delito?
Cualquier acción denigrante hacia la pareja o expareja mujer puede ser constitutiva de delito, inclusive, proferir insultos. No sólo son constitutivas de delito las acciones intimidatorias o consistentes en agresión física.
¿Es necesaria la denuncia de la mujer?
No. En España si un hombre amenaza, maltrata, coacciona, lesiona o ejerce cualquier tipo de violencia física o psíquica sobre su pareja o expareja (mujer), puede ser detenido sin necesidad de que la mujer interponga una denuncia contra él.
¿Qué ocurre en caso de tener una orden de protección?
El juez puede acordar, de forma inmediata, una orden de protección respecto de la mujer que le impedirá al hombre acercarse a ella e, incluso, la prohibición de contacto con la misma. Si el hombre rompe esa prohibición, aunque sea de manera indirecta, por ejemplo, poniendo un like en facebook, ello puede ser constitutivo de un nuevo delito.
iv. Conductas sobre tenencia de armas
Tener un espray, defensa extensible u otros instrumentos ¿está prohibido? ¿Qué puede tenerse y qué no?
En España hay armas que están directamente prohibidas y su tenencia es delito, castigado con una pena de prisión.
Es el caso de las armas de fuego (aunque se tenga licencia), si se han modificado sus características de fabricación u origen. Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto. Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales, a estos efectos, las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiagudas.
También está prohibida la tenencia de armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas; las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los nunchacos y xiriquetes, así como cualquier otro instrumento especialmente peligroso para la integridad de las personas.
La tenencia de armas de fuego. ¿Es delito?
La tenencia de armas de fuego no es delito si, previamente, has obtenido la licencia de armas española y no es una arma modificada ni manipulada. En caso contrario, la mera tenencia es un delito.
¿Cómo proceder en caso de ser acusado de un delito? Tus derechos
¿Cuánto tiempo puedo estar detenido si me han detenido por ser sospechoso de un delito?
En caso de detención policial esta no podrá superar las 72 horas. Transcurrido ese tiempo, el detenido será llevado ante el juez o puesto en libertad. La detención policial puede prolongarse, ocasionalmente, durante 72 horas más.
¿Se proporciona intérprete?
Sí. Es obligación de la policía informar inmediatamente del motivo por el que una persona es detenida, así como sus derechos, proporcionando un intérprete para ello, si el detenido no entiende o habla español.
¿Puedo llamar a alguien si estoy detenido?
Mientras dure la detención en comisaría, la persona detenida tiene derecho a llamar a una persona de su confianza. Además de esa llamada, tiene derecho a que la policía comunique su detención a un familiar o persona designada. También tiene derecho a que se informe al consulado de su país de su detención.
¿Tengo derecho a un abogado si se me detiene?
Si. Tienes derecho a un abogado. Puedes solicitar uno que conozcas. Si no, se te designará un abogado de oficio. Ese letrado será el mismo en comisaría y ante el juzgado. Tienes derecho a hablar privadamente con él, antes y después de que la policía te tome declaración. Tu abogado te explicará que tienes derecho a que te visite un médico, derecho a declarar, o a no contestar alguna o algunas preguntas. En caso de declarar, tienes derecho a no declararte culpable y a no declarar contra ti mismo. El abogado de oficio que te asista y asesore podrá cobrar sus honorarios profesionales si no se te concediera el derecho a justicia gratuita.
¿Qué ocurre si una persona detenida no es puesta en libertad por la policía y es llevada al juzgado?
Si estás detenido en el juzgado podrás, mediante tu abogado, acceder al expediente y decidir si quieres declarar ante el juez o no. Tanto si declaras como si no, puedes ser puesto en libertad, con o sin alguna medida cautelar (por ejemplo, retirada de pasaporte). Si el juez no te pone en libertad, decretará tu ingreso en prisión provisional.
Si el juez acuerda medidas de vigilancia, ¿las puedo cumplir en mi país?
Sí. Si el juez acuerda la libertad y decreta alguna medida de vigilancia (por ejemplo, ir a firmar cada 15 días), puede solicitarse que se autorice que lo cumplas en tu país, siempre que el país de origen sea de la unión europea.
¿En qué casos puede decretarse la prisión provisional?
En España, el juez puede acordar prisión provisional si el delito que se te imputa conlleva una pena de prisión superior a 2 años y si hay riesgo de fuga, reiteración delictiva u ocultación de pruebas.
¿Cuánto tiempo se puede estar en prisión provisional en España a la espera de juicio?
El tiempo máximo que se puede estar en prisión sin juicio en España es de 2 años, que puede prorrogarse, ocasionalmente, dos años más.
En caso de condena, ¿se puede cumplir la pena en el país de origen o residencia?
Sí. Si el país de origen o de residencia es de la Unión Europea, cualquier pena impuesta puede cumplirse allí, si el juez lo autoriza. En caso de que el país de origen o de residencia no sea de la Unión Europea, dependerá de que haya convenio con ese país y de cuál sea la pena impuesta.
¿Cómo proceder en caso de ser víctima de un delito? Tus derechos
Si soy víctima de un delito, ¿es necesario presentar denuncia para que se persiga?
En España la mayoría de los delitos se investigan aunque la víctima no presente denuncia. Sólo en unos pocos delitos, la denuncia es obligatoria para que los hechos sean investigados: por ejemplo, delitos de carácter sexual o contra la intimidad. Sin embargo, es recomendable presentar denuncia inmediatamente.
¿Dónde puedo presentar denuncia?
En caso de que seas víctima de un delito en España, la denuncia se puede interponer ante la policía o el juzgado de guardia de la ciudad en la que la te encuentres.
¿Puedo estar acompañado por un familiar o persona de mi confianza?
Sí. Si eres víctima de un delito, en el momento de declarar, tanto ante la policía como ante el juez, puedes estar acompañado por una persona de tu confianza, así como de un intérprete.
¿Qué medidas puedo solicitar si he sido víctima de un delito?
Tienes derecho a recibir apoyo médico o psicológico, si lo necesitas. En caso de que seas una víctima de violencia de género o doméstica, podrás solicitar una orden de protección, una medida de alejamiento o una prohibición de comunicación para que tu agresor no se pueda comunicar ni acercarse a ti.
¿Puedo tener información sobre el procedimiento penal en el que soy víctima?
Sí. Toda víctima que lo solicite será informada, sin retrasos innecesarios, de la fecha, hora y lugar del juicio, así como del contenido de la acusación dirigida contra el infractor y se le notificarán todas las resoluciones. Además, en España, la víctima puede personarse en el procedimiento y ejercer la acusación junto con el fiscal. Para ello serán necesarios un abogado y un procurador.





